Corte Suprema ordena revisar calificación ambiental de termoeléctrica Angamos

Corte Suprema ordena revisar calificación ambiental de termoeléctrica Angamos

La sentencia acoge la apelación presentada por vecinos y vecinas de Mejillones y mandata al Servicio de Evaluación Ambiental a incorporar las variaciones en el ambiente provocadas por el cambio climático en el proceso de revisión actual de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto.

Abril, 2022. La Corte Suprema ha ordenado corregir la Resolución de Calificación Ambiental de la Central Termoeléctrica Angamos, aprobada en 2007, acogiendo así el recurso presentado por vecinos de Mejillones en 2020 contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

La variable de cambio climático no fue contemplada por la autoridad ni el tutelar al inicio del proyecto, por lo que desde la Asociación de Prestadores de Servicios Turísticos de Mejillones, Agrupación Juvenil de Batucada Axe Tim Baue, representados pory ONG FIMA, presentaron un recurso de protección que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, ratificando el criterio del SEA e indicando que la revisión de RCA no alcanza a materias que no fueron consideradas en la evaluación ambiental del proyecto.

Mejillones, termoeléctrica a carbón Angamos foto: @chaopescao_

El proceso de revisión se inició durante el año pasado por el SEA, pero estaba acotado a variables relativas al medio marino, excluyendo las variables de aire. Ante esto, se solicitó que se incluyera dicho componente, debido a que es allí donde se manifiestan los cambios en el ambiente terrestre provocados por el cambio climático.

Para Marcos Emilfork, abogado de ONG FIMA, “esta decisión va en línea con los compromisos internacionales que Chile ha adquirido en la materia en los últimos años, en cuanto a que es imperativo reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, los que están aumentando la temperatura de la Tierra, al punto de hacer impracticable el ejercicio de los derechos humanos ambientales”.

En su fallo, el máximo tribunal señala que el mecanismo es procedente en casos que se busca regular situaciones que no fueron previstas anteriormente, como es la variable del cambio climático. Es así como ordenó al SEA a iniciar el análisis respecto del componente atmósfera, considerando los elementos que han variado en el ambiente terrestre causados por el cambio climático, desde el inicio de su ejecución en 2007, hasta la fecha.

Este fallo permitirá a los vecinos de Mejillones pedir la regulación de los impactos de la Central sobre el aire y la salud de las personas, y que se encuentran asociados al cambio climático. “Por décadas el Estado de Chile ha vulnerado los derechos fundamentales de los habitantes de Mejillones, pero hoy se sienta un precedente positivo. Esto nos llena de energía para seguir luchando en contra de las empresas que han contaminado por años este lugar”, indica Manuel Carvajal, operador turístico de Mejillones y recurrente en la causa.

fuente: https://www.fima.cl/

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